El Ministerio de Hacienda comunicó que el próximo martes 15 de marzo es el último día para liquidar y pagar, sin recargo, el impuesto sobre la renta (utilidades) del período 2021. 

Esta obligación debe atenderla toda persona física o jurídica, pública o privada, que haya realizado actividades o negocios de carácter lucrativo en el territorio nacional, entre el 01 de enero al 31 de diciembre 2021, independientemente de que haya tenido o no ingresos o utilidades por su actividad.

 

La declaración debe realizarse en el formulario D-101, disponible en el sitio del Ministerio Hacienda www.hacienda.go.cr , sección “Servicios más utilizados”, ícono Administración Tributaria Virtual (ATV). 

El pago del impuesto se realiza por medio de Débito en Tiempo Real (DTR), por conectividad en las páginas web de las diferentes entidades recaudadoras autorizadas o también en las sucursales de estas entidades con solo indicar el número de cédula.

Quienes incumplan con la presentación de esta declaración y con el pago del impuesto se exponen a una sanción de ¢231.100 (medio salario base) por la presentación tardía, más los intereses por los días de atraso en el pago del impuesto y una sanción por mora, que corresponde al 1% por mes o fracción de mes, calculado sobre el monto dejado de pagar dentro del plazo.  

Las personas con actividad lucrativa que durante este mismo período recibieron ingresos por concepto de salarios, jubilación o pensión, deberán anotar el monto exento acumulado por esos rubros, en la casilla 46 bis del formulario.

Para mayor información, se puede ingresar a la página web wwww.hacienda.go.cr, sección “Servicios Tributarios”, “Información de impuestos”.

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