El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) determinó las agrupaciones partidarias que podrán optar por la contribución estatal, así como el monto máximo al que tienen derecho, de acuerdo con los resultados de los comicios municipales, celebrados el pasado 4 de febrero.


Según la resolución n.° 4385-E10-2024, de las nueve horas treinta minutos del día 11 de junio de 2024, la cantidad de dinero para sufragar los gastos de los partidos políticos que participaron en las elecciones municipales celebradas en febrero del 2024, asciende a 10.795.048.560 (diez mil setecientos noventa y cinco millones cuarenta y ocho mil quinientos sesenta colones exactos).


De las 75 agrupaciones participantes, fueron 62  –14 nacionales, 5 provinciales, 39 cantonales y 4 coaliciones– las que obtuvieron el derecho a la contribución estatal, en proporción con la votación recibida (ver recuadro), al haber alcanzado –según el artículo 99 del Código Electoral– al menos un cuatro por ciento (4%) de los sufragios válidamente emitidos, en el cantón respectivo, para la elección de alcaldía o de regidurías, o que eligieron como mínimo, un regidor o una regidora.


Distribución del aporte estatal


De conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Código Electoral, al dividir el monto de la contribución antes indicado, entre el total de sufragios válidos obtenidos por todos los partidos políticos con derecho a dicha contribución, da como resultado un valor por cada voto de ₡3.399,19, que multiplicado por la votación total obtenida por cada uno de esos partidos, determinará el monto máximo que tendrá derecho a recibir cada una de las 62 agrupaciones con derecho a esta.


Comprobación de los gastos


Para acceder a la contribución estatal, estos partidos tenían tiempo hasta el próximo 6 de junio para presentar –ante el TSE– sus liquidaciones de gastos.
El organismo electoral revisará la documentación, con el propósito de comprobar los gastos y dictará una resolución final para determinar si procede o no el reembolso.
Las erogaciones susceptibles de reintegro serán las que fueron realizadas entre el 4 de octubre del 2023 y el 20 de marzo del presente año. Por esto, los partidos políticos deberán presentar comprobantes, facturas, contratos y toda la documentación original que resulte pertinente para justificar los gastos de ese periodo.


La liquidación que presente una agrupación política deberá incluir –entre otros requisitos– una certificación de los gastos, emitida por un contador público autorizado y registrado ante la Contraloría General de la República (CGR).


Una vez que los partidos entreguen la documentación, el TSE analizará su contenido y veracidad. Luego se emitirá la resolución que indica el monto final de la contribución estatal a que tendrá derecho el partido político.


Las siguientes son las agrupaciones partidarias y los montos máximos a los que podrán optar cada una de ellas:

des

dos