Esta tarde la Sala Constitucional resolvió que el Proyecto de ley que limita reelección indefinida de alcaldes no contiene vicios de procedimiento legislativo.

Con este resolución el proyecto  podrá votarse ahora en segundo debate una vez el voto integral sea notificado al Congreso.

Si se convierte en ley las limitaciones a la reelección de autoridades municipales serán las siguientes:

  •     Los actuales alcaldes e intendentes que tengan al menos dos periodos consecutivos en el cargo deberán esperar dos periodos para volver a ocupar cualquier otro puesto de elección popular en el régimen municipal.
  •    Los actuales vicealcaldes, viceintendentes, regidores y síndicos propietarios o suplentes tengan al menos dos periodos consecutivos en el cargo deberán esperar dos periodos para volver a ocupar el mismo puesto de elección popular del régimen municipal; sin embargo, podrán ocupar otros puestos municipales.
  •    Los alcaldes que se elijan en 2024 podrán ser reelectos de manera continua por una única vez. No podrán ocupar otros cargos de elección popular del Régimen Municipal hasta que pasen dos periodos desde que finalizó su segundo periodo consecutivo.
  •    Los vicealcaldes que se elijan en 2024 podrán ser reelectos de forma continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo, ni el de regidores o síndicos, hasta tanto no hayan transcurrido dos periodos desde que finalizó su segundo periodo.
  •    Los regidores, síndicos, intendentes, viceintendentes y concejales municipales de distrito y quienes ocupen las suplencias, que se elijan en 2024, solo podrán reelegirse de manera continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo o su suplencia hasta tanto no hayan transcurrido dos periodos desde que finalizó su segundo periodo.