La Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística define como bicicleta solamente a los aparatos convencionales que funcionan con el impulso humano, o también bicicletas asistidas, las cuales son utilizadas con motor eléctrico.
Según el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), las bicicletas a las que se les haya instalado un motor de combustión no pueden circular por vía pública. Estas no están contempladas bajo ninguna regulación.
Así mismo, para las bicicletas que traigan dicho motor instalado de fábrica, serán consideradas como bicimotos, pero todo se hará de manera legalizada; sino no podrá circular.
La Policía de Tránsito mencionó que en un operativos de rutina se encontraron bicimotos y bicicletas con motor artesanal, y la mayoría de ellas presentaban fugas de gasolina, así como problemas de conexiones eléctricas en las mismas. Esto último aumentando el riesgo de incendio, como problemática adicional.
Además, las mediciones de ruido, determinaron que registraban desde 96 a 110 decibeles; lo cual no es recomendable.
Por su parte, el Ministerio de Ambiente y Energía indicó que se debe regular el ingreso al país, para evitar contaminantes fuera de control.