Tras el decreto firmado del uso no obligatorio de la mascarilla, vinieron con el mismo, muchas interrogantes entre ciudadanos y patronos, dueños de empresas y demás. El decreto mencionó que la medida aplicaría tanto en lugares cerrados como al aire libre.
Sin embargo, en el caso específico de empresas privadas y sus patronos; la interrogante dejó ver que existía mucha incertidumbre y por ende, muchos colaboradores no sabían qué decisión tomar en su vida laboral.
Es por esto, que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTTS), mencionó sus criterios al respecto e indicó que cualquier patrono podrá indicar si en su empresa se utilizará la mascarilla obligatoriamente o no.
Así mismo, se dejó claro que aunque el empleado en su vida personal tenga el criterio del no uso; si se negara en su espacio laboral, podría ser despedido sin responsabilidad laboral.
De esta manera, gran cantidad de empleadores públicos o privados, decidirán qué hacer y exigir a sus colaboradores.
“En el caso específico, el decreto ejecutivo N°43544-S, no establece una prohibición para seguir usando la mascarilla en los centros de trabajo, así como tampoco, para que las personas empleadoras, tanto del sector público como privado, que dispongan a lo interno de sus instituciones o empresas", destacó el MMTS.
Además, recalcó la potestad de decisión de los patronos ante la medida.
"Por ende, ésta tiene la potestad de establecer como medida preventiva contra riesgos o enfermedades del trabajo, el uso obligatorio de la mascarilla, para evitar el contagio del COVID-19".