Noticias: Periodista Manuel Alejandro Flores Fernández
Noticias: Periodista Manuel Alejandro Flores Fernández

Desde hoy primero de noviembre, los propietarios de vehículos pueden pagar su derecho de circulación del 2025, por lo que, también, pueden colocar el adhesivo respectivo del próximo año, sin temor a una sanción.


Los propietarios no deben temer a una multa si colocan el sticker del 2025 y retiran el del 2024, ni por colocar el nuevo y mantener el del 2024. Por el contrario, el director de la Policía de Tránsito, Oswaldo Miranda Víquez, recomienda pegar el adhesivo lo antes posible, para que no corran el riesgo de que se les pierda, y que no deban tramitar uno nuevo.“Siempre se convierte en una consulta frecuente si se puede pegar el nuevo, y lo cierto es que no hay inconveniente con ello, queda a decisión de cada persona hacerlo y quitar el del 2024, pues el tener el del 2025 evidencia que se tiene al día el del presente año o, si gustan, pueden pegar el nuevo y dejar el
viejo”, acotó.


De igual forma, manifestó respeto por quienes dicen que lo pegan hasta el primero de enero, pues es una decisión personal de cada dueño de vehículo. Eso sí, sin importar cuál sea la fecha en la que se coloque el
nuevo, quien conduzca el vehículo debe portar siempre el derecho de circulación (documento) que viene con el adhesivo del 2025.


Por otro lado, el plástico adhesivo, junto con el trozo de papel, que se desprende del documento, deben colocarse en un lugar visible del parabrisas delantero, teniendo cuidado de ubicarlo de tal manera de que se vea bien, pues algunos vehículos traen un ahumado de fábrica que reduce la visibilidad de este documento, por ejemplo.


En caso de pérdida o daño, a la hora de colocarlo, su reposición debe tramitarse en el Instituto Nacional de Seguros, ya que el trámite no tiene relación con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.