Si usted trabaja para una empresa y tiene problemas en el pago de su aguinaldo el escazuceño  Licenciado Rafael Araya Fallas te brinda la asesoria legal  en el tema, haga su cita al WhatsApp 71818765 .

Todo patrono particular está obligado a conceder a sus trabajadores, de cualquier clase que sean y cualquiera que sea la forma en que desempeñen sus labores y en que se les pague el salario, un beneficio económico anual equivalente a un mes de salario.

Será calculado con base en el promedio de los sueldos ordinarios y extraordinarios devengados por la misma persona en el periodo comprendido entre el 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso.

Este beneficio deberá ser pagado por el patrono al trabajador dentro de los primeros 20 días del mes de diciembre de cada año.

Además, este beneficio se encuentra exento del pago del impuesto sobre la renta

. Si requiere calcular se aguinaldo puede acceder a la página de Ministerio de Trabajo y seguridad Social (MTSS) dando clic al siguiente enlace: https://www.mtss.go.cr/buscador/Aguinaldo.aspx