RubenTop Feb 2022
Noticias: Periodista Manuel Flores
Noticias: Periodista Manuel Flores

Tras 18 meses de vigencia de la reforma a la Ley de Tránsito, que no obliga a los conductores a portar la licencia física de conducir, es necesario recalcar que, eso sí, deben renovarla como siempre.

Pese a que el cambio rige desde el 2 de diciembre del 2024, todavía persisten algunas confusiones, por lo que la Policía de Tránsito aprovechó esta fecha para recalcar que son dos temas totalmente diferentes el hecho de no tener que portar la licencia física y el deber, algo que no ha cambiado, de renovar la licencia hasta 3 meses antes de su vencimiento o cuando ya esté vencida, entendiendo que no deberían conducir con el documento expirado, para evitar una sanción de ¢26.000.

Dicho diferente, una cosa es que no sea obligatorio portar el documento y otra muy diferente es que puedan conducir con la licencia vencida. Un conductor tiene derecho a no portar el documento, pero no tiene derecho a conducir si acumuló 12 puntos en la licencia o si el dictamen médico que deben aportar para renovar el documento no recomienda que esa persona siga conduciendo, para dar algunos ejemplos.

En esa línea, los conductores que no porten la licencia no son sancionados si el oficial verifica la información en el sistema, pero sí se le tendría que sancionar si, al revisar los datos, ese conductor tiene la licencia vencida.

Es fundamental, entonces, estar pendientes de la fecha de vencimiento del documento y de renovarlo, como siempre lo han hecho. Igual de importante está el hecho de que el conductor debe identificarse, con su cédula o identificación de menor, según el caso, pues el oficial debe constatar que el nombre o número de cédula que le está dando quien maneja el vehículo es esa persona verdaderamente.

Además de que es obligatorio portar un documento de identidad siempre.

Adicionalmente, al momento de ocurrir un siniestro, un accidente, para que las pólizas cubran los daños, la persona que conduce el vehículo debe tener su licencia al día, no basta con que tenga licencia, debe estar vigente. Finalmente, queda a criterio de cada conductor el seguir portando la licencia física, pero no es obligatorio.