El acoso por deudas se ha vuelto una práctica abusiva muy común, personas endeudadas que no pueden cumplir a término sus obligaciones se ven acosadas por “agencias de cobranza o gestionadoras de cobro” que los llaman incansablemente para cobrarles.
“Es normal que estas agencias de cobranza o gestionadoras de cobro se comuniquen previamente con el deudor para llegar a un acuerdo, pero esto nunca puede ser usado como herramienta para el hostigamiento.
En las últimos semanas el acoso por deudas se ha convertido en un problema cada vez más común por parte de los costarricenses y esto es una práctica ilegal, ya que, el Reglamento para Tarjetas de Crédito y Débito, creado por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) es claro en decir en su capítulo XI, artículo 35, que “las
entidades financieras, abogados, gestores o agencias de cobranza, para llevar adelante las gestiones de cobro, deberán hacerlo directamente con el deudor y sus fiadores.
No se podrá realizar dicha gestión con personas distintas a las ya indicadas. Tampoco podrán utilizar prácticas de acoso y hostigamiento para el cobro de las acreencias,” indicó Stephanie Portuguez, asesora legal de la Defensoría de Apoyo al Deudor (DEFADE).
Los deudores se ven inundados con llamadas constantes y mortificantes de empresas de cobranza que buscan recuperar deudas pendientes.
Esta situación puede resultar abrumadora y generar un gran estrés para las personas y sus familias que están lidiando con ello.
“En DEFADE estos últimos días hemos recibido varios casos de esta naturaleza. Esas agencias llaman a familiares, amigos que fueron referencia de contacto e incluso a los patronos. El tener una deuda no significa que uno deba sufrir abusos por parte de los acreedores. Ya que existen medios legales para reclamar el cumplimiento de una obligación y el acoso no es uno de ellos. Es importante hacerle saber a la población que nadie va ir preso por no pagar una deuda, o que le van a embargar el salario completo o que va perder el bien como la casa de un familiar, etc. En este país existe el debido proceso y en muchos casos las deudas prescriben a los cuatro años desde que se dejó de pagar la obligación. Una llamada telefónica, email o similar recordando la deuda, no suspende ni detiene el plazo de prescripción, por eso en caso de que la situación se vuelva demasiado abrumadora, es importante buscar ayuda profesional en el área legal.” manifestó Portuguez.
Para más información favor de comunicarse con Paul Stephen, Asesor de Comunicación de la Defensoría de Apoyo al Deudor (DEFADE) al teléfono 8308-0042.