
El Ministerio de Obras Públicas y Trnasportes comunicó que tras ser suspendida en abril del 2020, para dejar vigente solo la restricción vehicular sanitaria, la antigua restricción por placas, en San José, vuelve a partir de este lunes 7 de marzo, con sus propias excepciones.
La tarde de este viernes comenzó con un colapso vial en sector de San Rafael de Escazú; lo cual ha estado provocando gran angustia, tanto en los vecinos de la localidad como en los choferes.
Muchos se mostraron desesperados, ante el temor de tardanza hacia puestos de trabajo o temas personales.
En sectores cercanos se evidenciaron dos altercados viales; uno en particular con un autobús en aparentes problemas con la unidad; y otro de ellos se debió a un problema de falla mecánica en un automóvil particular.
De esta manera, se recomienda tomar rutas alternas y evitar inconvenientes; mientras se normaliza el tránsito en el cantón.
El Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José rechazó las apelaciones presentadas por los alcaldes involucrados en el Caso Diamante. Dictando así que la suspensión de cada uno de ellos, continuará.
De esta manera, la suspensión se extendería hasta el mes de mayo del presente año; aplicable para el alcalde de Escazú Arnoldo Barahona; así como Mario Redondo de Cartago, por el municipio de Osa Alberto Cole; así como Humberto Soto de Alajuela, Johnny Araya de San José y Alfredo Córdoba de San Carlos.
Todos los anteriores investigados por recibir supuestas dádivas, a cambio de beneficios hacia la empresa MECO; mediante funcionarios de la misma.
Así mismo, según informaron las autoridades, que las supuestas dádivas fueron distintas, recibiendo así desde beneficios para construcciones de carácter personal, así como dinero, vehículos y diversos favores.
Cabe recordar que las medidas impuestas a los alcaldes, están firmes desde el mes de noviembre del 2021.
Además, se recalca que los funcionarios municipales, de apellido Boraschi, Mayorga, Chacón y Suárez; también deben seguir acatando las medidas impuestas para cada uno de ellos.
Por su parte, el Organismo de Investigación Judicial continúa la investigación arduamente; mientras se mantienen al margen de sus funciones a los involucrados.
Algunos padres de familia se han mostrado inconformes con un detalle en las escuelas públicas; al tener que enviar a sus hijos a recibir materias especiales en un horario fraccionado. Es decir, no en jornada continua como ha sido normalmente.
Por su parte, existe una directriz que afirma la realidad que se debe cumplir en centros educativos, en cuanto a materias especiales y el resto del horario académico. Prohibiendo así el fraccionamiento.
"Los estudiantes pueden recibir lecciones de asignaturas del Plan de Estudios que son impartidas por un docente de especialidad. Si el centro educativo ofrece más lecciones para estas asignaturas, se debe ampliar el horario para impartirlas en forma continua a la jornada regular a la que asiste el estudiante, siempre y cuando la infraestructura lo permita, señala dicha directriz".
El Ministerio de Educación Pública (MEP), mantiene su posición del no poder fraccionar los horarios educativos; basándose en el lineamiento de una importante directriz. Así mismo, se deja claro a los padres de familia, que si en determinado centro educativo sucede lo contrario, pueden consultar y poner la disconformidad ante los encargados.
El Tribunal Supremo de Elecciones comunicó que una vez finalizado el escrutinio definitivo de los sufragios -emitidos el pasado 6 de febrero- para elegir la Presidencia y Vicepresidencias de la República y, sin la presentación de ninguna demanda de nulidad contra el mismo, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ordenó –mediante resolución Nº1221-E11-2022 del día de ayer- la celebración de una segunda ronda electoral, que se efectuará el próximo domingo 3 de abril, tal y como lo establece el artículo 138 de la Constitución Política y el 201 del Código Electoral.