RubenTop Feb 2022

El OIJ detuvo al segundo costarricense que podría ser extraditado hacía Estados Unidos. Celso Gamboa fue detenido en vía pública en el sector del descanso en San Antonio de Escazú.

Se trata de un sujeto de 49 años requeridos por autoridades policiales estadounidenses para que enfrenten un proceso judicial por el delito de Tráfico Internacional de Drogas.



 Agentes de la Sección de Estupefacientes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), detuvieron esta tarde a otro costarricense, de 49 años, quien es requerido por las autoridades de los Estados Unidos, para que enfrente en ese país un proceso judicial por el delito de Tráfico Internacional de Drogas y quien se podría convertir en el segundo costarricense en ser extraditado, tras la aprobación de la Ley que reformó el Artículo 32 de la Constitución Política.

De acuerdo con los datos preliminares, el OIJ recibió por parte de las autoridades policiales de los Estados Unidos una solicitud de que este hombre es requerido en ese país ya que estaría vinculado con el mencionado delito, por lo que los agentes judiciales procedieron a realizar diligencias policiales en la provincia de San José, logrando así su detención.

Ahora este sujeto quedará a las órdenes de las Autoridades Judiciales de Costa Rica, quienes recibirán la documentación requerida por parte de las autoridades estadounidenses para el proceso de extradición. Cabe indicar que una vez que dicha documentación sea recibida en nuestro país, será analizada por un Tribunal Penal, quien determinará que se cuenta con todos los requisitos para proceder con la extradición y coordinará el plazo determinado con las autoridades estadounidenses para que vengan a nuestro país y llevar a cabo dicho proceso de extradición.

Es importante indicar, que este sujeto de apellido Gamboa detenido por los agentes de la Sección de Estupefacientes del OIJ, se podría convertir en el segundo costarricense en ser extraditado, luego de que, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley que reforma el Artículo 32 de la Constitución Política, en la que se determinó que en los casos de Tráfico Internacional de Drogas y Terrorismo, un costarricense puede ser extraditado al país que lo requiera.